Irse de viaje es una práctica cada vez más habitual entre la población. La oferta de destinos y posibilidades se han ampliado sensiblemente en las dos últimas décadas, e incluso los precios de transporte, alojamiento y ocio se han establecido en estratos más asequibles para el común de los viajeros.
Además, internet ha proporcionado a la población un elenco bien nutrido de webs y plataformas especializadas en organizar los distintos aspectos que implica un viaje, tanto si es a territorio nacional como si es al extranjero. La profusión de agencias de viaje online permite que prepararlo todo sea mucho más sencillo que antes y podamos disfrutar preparando la escapada tanto como viviéndola.
Aunque el aumento en el número de vuelos y la evolución de las aerolíneas es uno de los aspectos que más ha favorecido la capacidad de la población para viajar, el tráfico constante de aviones en los aeropuertos ha generado un aumento en los de retrasos, cancelaciones y contratiempos similares que afectan directamente a los pasajeros y sus planes. Es cierto que no nos ocurrirá todas las veces, pero sí podemos sufrirlo al menos una vez en la vida.
El problema es que no sólo estaremos perdiendo el dinero de nuestro vuelo, sino también el de la reserva del alojamiento y todas las actividades que tuviésemos pensadas.
Por suerte para los afectados, existe un modo de recuperar todo o parte del dinero que hemos pagado. Así que si alguna vez nos hemos visto envueltos en esta situación y no hemos sabido reaccionar, este artículo nos ayudará a tener claro cómo debemos actuar y qué derechos tenemos.
¿Pueden devolvernos el dinero por un retraso en el vuelo?
La pregunta de si tenemos derecho a una compensación por retraso de vuelo es muy frecuente entre los usuarios que usan habitualmente el avión para desplazarse. Y, aunque muchos no lo sepan a pesar de ser clientes asiduos, los viajeros tienen derecho a percibir dinero cuando el vuelo contratado sufre un retraso o se cancela. Quizá podríamos pensar que para acceder a ese privilegio habremos tenido que comprar previamente un billete de avión con seguro, con el aumento en el precio que esto implica, pero no. Lo único que pagamos cuando aumenta el precio con el seguro de nuestro billete es la seguridad de que la empresa se hará cargo de los contratiempos que surjan. La cuestión es que, incluso si no contratamos este seguro previo, todos los usuarios seguimos teniendo derecho a esta compensación.
¿A qué debemos acogernos?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentó en la pasada década las bases que otorgan a los usuarios de aerolíneas los derechos de amparo frente a problemas como los retrasos o cancelaciones en los vuelos. En la ley EC261 quedaron reguladas aquellas circunstancias en las que podemos reclamar que se las compañías afronten su responsabilidad. Desde entonces, las reclamaciones a Iberia, Ryanair, Vueling, Fly Emirates y todas las grandes compañías que operan en Europa son posibles. No obstante, no todas las circunstancias son susceptibles de resolverse a nuestro favor, así que conviene revisar las condiciones que debemos reunir.
Condiciones para la devolución
El primer condicionante que se debe dar para que tengamos acceso seguro a una compensación es que la aerolínea sea europea u opere desde Europa. Es decir, si viajamos con una compañía continental hacia cualquier país, las leyes aplican. Si viajamos desde Europa con una compañía no europea, las leyes aplican. Si viajamos desde un país extracomunitario hacia Europa con una aerolínea no europea, las leyes no aplican. En resumen, la compañía debe ser europea o volar desde Europa.
Otro de los factores que inciden en el acceso a la reclamación es el motivo del retraso. Si un avión desde Sevilla o Málaga con destino a Oslo se ve suspendido o retrasado por una tormenta que afecta a la zona de destino, no habrá por nuestra parte ningún tipo de acción legal posible. Si, de otro modo, el retraso o la cancelación se producen como consecuencia de un fallo en la organización del tráfico aéreo de la compañía, entonces sí podremos reclamar todos nuestros derechos ante la empresa.
También se debe tener en cuenta la prolongación del retraso. Si el tiempo de espera supera las 3 horas, podremos poner en marcha nuestra reclamación sin ningún tipo de problemas. Si es inferior, sintiéndolo mucho, no estaremos amparados por las leyes.
Por último, el total de kilómetros entre el lugar de salida y el de llegada es crucial para calcular el montante que nos pertenece. Dependiendo de si distan entre 1.500 km y 3.500 km o más tendremos acceso a una compensación desde 250 € a 600 €.
Además de la compensación económica, la legislación recoge incluso el reembolso absoluto del billete original o un asiento gratuito en otro vuelo de las mismas condiciones. Especialmente es interesante si nos ocurre en el vuelo de vuelta. Y si el retraso implica estancia en el lugar, la compañía deberá correr con los gastos.