El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de cinco años y tres meses de cárcel impuesta a un hombre por estafar, robar y falsificar documentos en perjuicio de la viuda de su antiguo jefe en El Puerto.
El condenado, que trabajaba en la cerrajería del fallecido, aprovechó la situación de dolor y vulnerabilidad de la viuda para apoderarse de diversos bienes de la empresa sin su consentimiento.
En concreto, el hombre vendió una furgoneta, un camión y maquinaria de la cerrajería. Para ello, falsificó la firma del difunto en la Jefatura Provincial de Tráfico de Cádiz y así poder cambiar la titularidad de los vehículos a su nombre.
Además, mintió a la viuda diciéndole que su marido tenía deudas por la compra de materiales inexistentes. Con esta excusa, la mujer le entregó 2.000 euros, un iPhone y el cargador de su marido.
La Audiencia Provincial de Cádiz ya había condenado al hombre por estos delitos y el TSJA ha ratificado la sentencia. La justicia ha considerado que el condenado actuó con especial gravedad, aprovechándose de la confianza que tenía con la viuda y de su situación de desamparo.
Este caso pone de relieve la importancia de proteger a las personas vulnerables frente a este tipo de estafas. Es fundamental que las víctimas denuncien estos hechos para que los autores puedan ser llevados ante la justicia.
El TSJA confirma la condena a un hombre por estafar a la viuda de su jefe: «No hay base para creer que ella le autorizara»
La Audiencia Provincial de Cádiz condenó a un hombre a cinco años y tres meses de prisión por estafar, robar y falsificar documentos a la viuda de su jefe. El hombre recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), alegando que se vulneraba su derecho a la presunción de inocencia y que la Audiencia había valorado erróneamente las pruebas.
Sin embargo, el TSJA ha confirmado la condena. En su resolución, el tribunal señala que no hay ninguna prueba que respalde la versión del acusado de que la viuda le autorizara a disponer de los bienes de la empresa. De hecho, el TSJA considera que el comportamiento del acusado «deja sin aclarar puntos fundamentales» y que no ofrece una explicación «mínimamente satisfactoria» para su conducta.
El TSJA también ha rechazado el argumento del acusado de que era socio del empresario fallecido. Según la documentación aportada, la relación entre ambos era laboral, y el acusado trabajaba de forma discontinua para el fallecido.
En cuanto a la falsificación de la firma, el TSJA ha confirmado que el acusado falsificó la firma del empresario en los documentos de cambio de titularidad de un camión y una furgoneta. Además, el tribunal ha señalado que el acusado vendió el camión y la maquinaria a su propio nombre, haciéndose pasar por el único propietario, lo que demuestra que no actuaba como gestor o mandatario de la viuda.
En definitiva, el TSJA ha concluido que el acusado actuó con dolo y que las pruebas presentadas en su contra son suficientes para condenarlo por los delitos de estafa, hurto y falsedad documental.