Avión despegando de un aeropuerto

Andalucía sancionará a Ryanair por el recargo del equipaje de mano

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La Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía ha anunciado sanciones para la compañía aérea Ryanair por el cobro de un cargo especial por viajar con equipaje de mano todo ello, tras las diferentes denuncias, presentadas por FACUA Sevilla en representación de 5 de sus asociados.

Según ha confirmado fuentes de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía el expediente sancionador continúa el trámite por lo que la cuantía de la penalización impuesta asciende a más de 45000 € por ser considerado como una infracción “grave”, solo es una propuesta ya que puede variar en el momento que acabe la tramitación.

FACUA Sevilla presentó alegaciones solicitando que se aumente la infracción a “muy grave” y no como simplemente “grave” lo que elevaría la cuantía de la multa entre 60.001 € y 1 millón de euros, la propuesta de resolución cita hasta 22 sentencias judiciales en las que se ha determinado la ilegalidad de dichas prácticas.

La Organización de Consumidores argumentó en todos sus documentos que estos cobros son una práctica abusiva que incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece de forma tácita que el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, y solo contempla la excepción de que por razones de seguridad, vinculados al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave.

El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 del 16 de noviembre, aprueba el Texto Refundido por la Ley General de la defensa de los consumidores y usuarios así como de otras leyes contempló complementarias que recoge como abusivo y todas las estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato.

De esta forma cuando se limitan los derechos del consumidor y usuario se determina la falta de reciprocidad en el contrato y resultan desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato.

Desde la Junta de Andalucía se reconoce que la propuesta de resolución por cobrar equipaje de mano es una cláusula abusiva y sancionable como multa conforme a la ley 13/2003 de 17 de diciembre, de defensa de Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

En la propuesta de resolución hacia la compañía aérea Ryanair por parte de la Junta de Andalucía se suma a la sanción de 107,8 millones de euros ya que se le ha impuesto dicha cifra por parte del Ministerio de Derechos Sociales, consumo y agenda 2030 por el cobro de equipaje de mano y otras irregularidades.

Las denuncias de FACUA por cobrar una cuantía extra por viajar de de mano ha derivado ya en sanciones de 179 millones de euros contra cinco aerolíneas diferentes además de los 107 millones a Ryanair el Ministerio de Derechos Sociales multó a Vueling con 32,2 millones de euros, a Easyjet con 29,1 millones de euros, a Norwegian con 5,6 millones de euros y a Volotea con 1,2 millones de euros por estas mismas prácticas.